Alcance del artículo 144 de la ley 1801 del 2016 en la actividad de vendedores informales de Cali
Published: 5 August 2024| Version 1 | DOI: 10.17632/yhtw669v2f.1
Contributor:
DIANA OSORIODescription
La Policía ha multado a los vendedores informales por ocupar el espacio público desde el primero de agosto de 2018, cuando entró a regir la ley 1801 de 2016, sin considerar que las autoridades competentes primero deben ofrecer programas de reubicación o alternativas de trabajo formal, garantizándoles los derechos fundamentales al mínimo vital, al trabajo y a la vida en condiciones de dignidad. La autoridad policial también debe contar con la autorización de un proceso administrativo previo.
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Universidad Cooperativa de Colombia
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Social Sciences